Gestión de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN y la oportunidad de mejoras de orden técnico y tecnológico. 1
El cumplimiento de las obligaciones tributarias a nivel nacional depende en gran medida del buen funcionamiento de la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (En adelante DIAN), por esto los inconvenientes tecnológicos traen grandes repercusiones jurídicas y económicas a los contribuyentes dificultando el cumplimiento de la legislación y obligaciones de orden tributario.
Gran parte de los contribuyentes han tenido que soportar irregularidades de todo tipo, prueba de ello es el incremento del 6.6%2 en las peticiones quejas, sugerencias y denuncias – PQSRD registradas ante la DIAN pasando en el año 2022 de 72.104 al año 2023 a 77.125 por las distintas fallas en el sistema informático de la entidad.
El caso más noticioso se dio a finales del año 2023 con las fallas del Sistema de Información y Gestión Aduanera (SYGA), los usuarios denunciaron que la página no permitía el acceso, duplicaba las operaciones, impedía realizar pagos consolidados y no expedía los recibos de pago, entre otros.
Situación que la DIAN pretendió resolver con una declaratoria de contingencia, pero que para los contribuyentes tuvo un gran impacto, pues según datos de Analdex cada día de contingencia le costó al sector importador 50.000 millones de pesos, además la DIAN podría iniciar procesos sancionatorios por no adelantar los trámites adecuadamente, pese a que las fallas que registró la plataforma fueron atribuibles a unas actualizaciones programadas por la DIAN para frenar el contrabando y la corrupción.
Este no es el único caso en el que se han presentado falencias en el Sistema Informático de la DIAN, de hecho, a continuación, enunciamos las irregularidades que con mayor frecuencia se presentan:
- Dificultades en la solicitud de saldos a favor: La plataforma de la DIAN solo permite radicar las solicitudes de devoluciones de saldos a favor de lunes a viernes en horas de la noche/madrugada, pues en el día el sistema presenta intermitencia, y no siendo esto suficiente, durante el fin de semana la plataforma se encuentra bloqueada.
- Indeterminación en las liquidaciones de intereses moratorios: La administración tributaria debería lanzar una herramienta oficial que permita al contribuyente hacer la liquidación de los intereses conforme al método utilizado por la administración y así disminuir las probabilidades de error e ineficacias (tratándose de las declaraciones de retención en la fuente). Adicionalmente, cuando se presenten amnistías, la DIAN debería actualizar los estados de cuenta de cada contribuyente, sin necesidad de interponer una PQSRD.
- Deficiente atención técnica al contribuyente: La respuesta por parte de los funcionarios de la DIAN hacia los contribuyentes respecto de las dudas que a estos se les presentan es poco eficaz, en tanto que, cuando se le formula inquietudes a la administración tributaria, ya sea de manera escrita (mediante derecho de petición) o verbal (mediante llamada), las respuestas solamente se basan en citar o leer normas o conceptos, sin brindar una respuesta o solución concreta a los cuestionamientos planteados, argumentando que no están facultados para brindar asesorías, sin embargo recordemos, que la Ley 1607 de 2012 señala: “Todos tienen derecho a obtener respuesta escrita, clara, oportuna y eficaz a las consultas técnico-jurídicas formuladas por el contribuyente y el usuario aduanero y cambiario, así como a que se le brinde ayuda con los problemas tributarios no resueltos”3. Y en este sentido la interpretación de las normas tributarias y aduaneras se deberían efectuar con mayor profundidad.
- Inconvenientes tecnológicos en la consulta de declaraciones de períodos anteriores: La administración debe permitir la consulta de la información al contribuyente, sin embrago, la manera de consultar las declaraciones presentadas antes del año 2017 es tediosa y está atada a una versión desactualizada de una herramienta tecnológica.
- Demora en la verificación de errores en la información cargada: La página de la DIAN se demora en reportarle al contribuyente los errores en el cargue de los documentos; por ejemplo, a la hora de cargar en formato XML los medios nacionales, la entidad puede tardar hasta una semana para reportar los errores, caso en el cual, las fechas de los vencimientos ya han pasado.
- Demora en la actualización del estado de la cuenta corriente del contribuyente: Se evidencia que la entidad presenta demoras en la actualización del estado de cuenta corriente de los contribuyentes e incluso en ocasiones esta actualización se da sólo a petición de parte, de manera que el estado de cuenta que se puede consultar en la sesión de cada contribuyente no es confiable. Esta situación, presenta inconvenientes y actuaciones encontradas al interior de la entidad.
- Falta de sincronización en los sistemas informáticos de registro: El intercambio de información entre la DIAN y la Cámara de Comercio no es el adecuado, en tanto que hay ocasiones en la que a la constitución de una sociedad no se le asigne un Número de Identificación Tributaria (NIT) a la compañía, y en ese caso se debe solicitar una cita presencial para agotar ese trámite, hecho que resulta desgastante para los contribuyentes que buscan inmediatez en la realización de sus trámites. Así mismo, en este procedimiento se presentan falencias en la vinculación de los representantes legales, de manera que cuando se va a tramitar la certificación digital para habilitar el sistema de facturación se debe agendar citas con la DIAN que permitan sincronizar información entre las dos entidades para poder continuar con el proceso en mención; ocasionando retrasos en la operatividad de las sociedades.
- Demora en la asignación de citas para la atención de trámites: Si un contribuyente desea solicitar una cita en la DIAN, tiene que hacerlo con suficiente antelación, el asunto es que la mayoría de las veces se busca la resolución de trámites de carácter urgente y el tiempo de espera resulta perjudicial para los contribuyentes. Uno caso muy conocido entre los contribuyentes es la solicitud de devolución de pagos indebidos o en exceso, en el que, si no se pide el primer día hábil del mes en horas de la madrugada, el sistema no le permite al contribuyente recuperar sus recursos, y en consecuencia debe esperar un mes para poder pedir una cita que le permita realizar el trámite en mención.
Estas críticas se realizan con el único fin de que la administración tributaria genere estrategias contundentes que le permitan mejorar todas estas irregularidades que afectan el principio de eficiencia e interfieren en el recaudo de los impuestos porque los contribuyentes perciben el cumplimiento tributario como una actividad compleja y a la DIAN como una entidad poco accesible, encontrando el pago de los tributos menos justificado.
** ** ** ** **4
Notas al pie
- Proyectó: Shelesthe Moreno Prieto, abogada especialista en derecho tributario. Revisó: Carlos E. Bernal Roa, abogado especialista en derecho tributario y candidato a magister.
- Informe de peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias, primer semestre de 2023 consultado en: https://www.dian.gov.co/dian/rendicioncuentas/SistemaControlInterno/Informe-QRSPF-I-Semestre-2023.pdf
- Ley 1607 de 2012, artículo 193, numeral 9.
- Las opiniones plasmadas en este documento son académicas y no pretenden ser una recomendación o concepto, en este sentido no comprometen la responsabilidad de los autores ni de las compañías. En caso de ser utilizado el mismo deberá ser citado.